Tengo una vivienda turística ¿me puede obligar la SGAE a pagar su canon?


vivienda turística canon SGAE
Prevent Security Systems    21/04/2022

Las viviendas turísticas parece que están en el ojo de todos o quizás sería mejor decir en el bolsillo. Son muchos los temas que nos han solicitado ampliar los vecinos y propietarios de pisos, como la posibilidad de acordar la prohibición del alquiler turístico por la Comunidad de propietarios, que hemos tratado recientemente.

En aquella ocasión informábamos como la comunidad de propietarios puede prohibir la actividad, o en el caso de permitirla, aumentar los gastos de comunidad por el mayor uso que realizan los inquilinos, y ahora venimos con una pregunta desde las Islas Baleares.

¿Tengo que pagar a la SGAE cerca de 500 euros al año, si tengo una vivienda turística?

Para la SGAE un apartamento turístico no puede considerarse doméstico ya que cambia constantemente de inquilinos y no tiene el carácter de permanencia que implica lo doméstico frente a lo público, por ese motivo entiende que puede exigir el uso de su licencia.

Esa licencia se ha de contratar cuando “utilizas obras protegidas en tu espacio”, es la forma más sencilla de obtener la autorización de los titulares de derechos de autor correspondientes, siempre que sean obras del repertorio SGAE.

Para la institución la emisión de estas obras en la vivienda vacacional ha de tener licencia sea cual sea el procedimiento o medio utilizado por el propietario: radio, tv, cd, internet, gramola-hucha, juke box, actuaciones en vivo o en directo...

Por lo tanto desde la SGAE dicen que sí están obligados los propietarios de viviendas turísticas a pagar este canon, ya que emiten en sus propiedades obras que están protegidas de sus autores, ¿pero eso es realmente así?

Los propietarios si no tienen en sus apartamentos elementos físicos como radio, tv, cd, gramola-hucha, juke box, actuaciones en vivo o en directo... no parece que estén emitiendo ningún tipo de creación musical o audiovisual que deba ser protegida, simplemente están dejando un espacio para que sus clientes puedan pasar una estancia más o menos alargada, pero no les están emitiendo “obras protegidas en su espacio”.

El cliente es libre de escuchar o visualizar en sus soportes tecnológicos como teléfonos, aplicaciones de stremming,… aquellas obras que deseen y por las que estarán pagando sus derechos correspondientes, pero de la misma manera que si lo escuchan o ven en la calle, en una playa o en el campo y no por eso han de abonar los ayuntamientos un canon a la SGAE por cada turista que pasea por sus calles o plazas.

Recientemente la SGAE ha iniciado esta campaña de recaudación en las Islas Baleares, que con cerca de 30.000 representan unos ingresos de unos 12.000.000 de euros para la SGAE cada año. Si se aplicara a nivel nacional, podría superar los 250.000.000 de euros en tasas de difícil justificación.

Si la ley se aplica en su máxima extensión se podría dar el caso de exigir los pagos de los últimos cinco años, cerca de 2.000 euros por piso turístico, una situación que a los propietarios “no les suena nada bien”.

 

 

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