Alquilar un piso puede suponer una fuente de ingresos periódica muy conveniente, que cubrirá con creces los gastos mínimos derivados de mantener una vivienda vacía y nos aportará un amplio margen de beneficios.
Otra ventaja, es que una casa alquilada por unos inquilinos responsables se mantendrá en mejores condiciones que una vivienda deshabitada.
Sin embargo, los inquilinos conflictivos pueden ser un auténtico quebradero de cabeza, ya que además de problemas de impago o daños en la vivienda, puede generar un graves problemas al arrendador con la comunidad de propietarios.
Una práctica cada vez más habitual es que algunos propietarios, en aras de sacar mayor rentabilidad a sus segundas viviendas, las conviertan en pisos turísticos para el alquiler vacacional.
Sin embargo, este tipo de alquileres suelen ser un inconveniente para quienes viven en el edificio durante todo el año, pues el ritmo de vida del viajero choca con la rutina de otros vecinos. Además, genera una alta rotación de inquilinos con llaves del portal y zonas comunes que compromete la seguridad de la comunidad.
Hace tiempo os contábamos cómo evitar pisos turísticos en la comunidad de vecinos, hoy nos centraremos en qué podemos hacer si un inquilino perturba la buena convivencia en nuestra comunidad.
¿Qué dice la legislación al respecto?
Favorecer una buena convivencia es una obligación a la que se alude en:
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El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal «Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».
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El artículo 27.1.e de la Ley de Arrendamientos Urbanos «derecho al arrendador a promover la disolución del contrato cuando se produzcan en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas». Hay que tener en cuenta que para disolver este contrato debe haber acuerdo por ambas partes o por el contrario deberá iniciarse un proceso legal para demostrar que los inquilinos conflictivos están incumpliendo la ley.
H2- ¿Qué puede hacer la comunidad si hay inquilinos conflictivos?
1. Intentar la vía amistosa:
En primer lugar, deberá el presidente de la comunidad deberá pedir al inquilino que cese en su actividad molesta, primero de manera verbal y después mediante un burofax, esto podrá hacerlo el presidente por propia iniciativa o por petición de algún vecino. No hará falta llegar a un acuerdo en Junta de Propietarios para adoptar esta medida.
Además, deberá poner al propietario en conocimiento del propietario lo que está pasando, transmitiendo las quejas de todos los vecinos. Si las actividades molestas por parte del inquilino no persisten deberá enviarle un burofax, que servirá de prueba para garantizar que el propietario está al corriente de lo que hace su inquilino.
2. Llamar a la policía municipal o nacional:
Si ya habéis intentado zanjar el problema por la vía amistosa, lo mejor es que aviséis a las Fuerzas de Seguridad del Estado cada vez que el inquilino realice la actividad prohibida.
Esto lo podrá hacer cualquier vecino y sólo será sólo necesario si esa actividad infringe no solo las normas de régimen interno de la Comunidad sino también las normativas municipales y autonómicas, como aquellas que regulan los límites del ruido; si en el piso se están produciendo actividades ilegales como prostitución o venta de drogas, o si el inquilino conflictivo comete delitos contra otros vecinos como proferir amenazas o hacer actos vandálicos.
En este punto contar con cámaras de seguridad en la comunidad de vecinos también puede ayudar a recabar pruebas de las actividades que realiza nuestro inquilino conflictivo.
Es importante que llamemos cada vez que el inquilino persista en estas acciones ya que los partes de la policía servirán como prueba si hay una demanda judicial
3. Poner una demanda judicial:
Para llegar a adoptar esta medida debe haber un acuerdo por parte de la Comunidad de Propietarios alcanzado en junta, que autorice al presidente a iniciar la acción judicial en nombre de la Comunidad.
Esta demanda se hará contra los inquilinos conflictivos, y también contra el propietario si éste ha mantenido una actitud pasiva.
En esta demanda se solicitará la cesación del inquilino, e incluso podrá exigir una indemnización al propietario por los daños y perjuicios sufridos.
Además, si el inquilino ha causado daños en elementos comunes el propietario se verá obligado a correr con los gastos de estas reparaciones.
¿Qué debe hacer el propietario en estos casos?
Es importante que para no pagar por las actividades molestas de sus inquilinos conflictivos el propietario actúe rápidamente poniendo todo de su parte para que las actividades molestas cesen.
1. Tratar de solucionarlo por la vía amistosa:
En primer lugar, debes hablar con tu inquilino, y exigirle que cese la actividad molesta, advirtiéndole que de lo contrario deberás iniciar un proceso judicial para la resolución del contrato, según lo que dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Es conveniente que además de verbalmente hagas esta comunicación por burofax, guardando el resguardo que te servirá de prueba para demostrar que has intentado mediar.
2. Demandar a tu inquilino para la resolución del contrato:
Si tu inquilino desoye todas las advertencias comunicadas tanto verbalmente como de manera oficial, y persiste en sus actividades molestas, peligrosas o insalubres, haciendo la convivencia imposible tal vez lo mejor sea rescindir el contrato de alquiler.
En este caso, y de no haber acuerdo en la resolución del contrato por ambas partes, será la justicia quien dictamine la solución.
En este punto haber definido en el contrato de alquiler cláusulas que amparen la resolución del contrato, además de haber establecido una fianza que cubra posibles daños materiales o desperfectos que pueda haber causado el inquilino tanto en la vivienda como en zonas comunes te puede facilitar mucho las cosas.
Como puedes ver, los trámites para cesar la convivencia con inquilinos conflictivos pueden ser lentos y costosos, aunque finalmente la resolución suele ser favorable para el propietario. Por eso desde Prevent siempre apostamos por intentar la mediación vecinal al menos en un primer momento.