No quiero pagar la derrama de mi Comunidad, ¿es legal?


derrama de mi Comunidad
Prevent Security Systems    19/05/2022

No hay nada peor que tener que hacer frente a un pago inesperado en nuestra Comunidad de Vecinos, lo que todos conocemos por una derrama, pero por desgracia se recurre a estas cuando en la comunidad no hay suficientes fondos ordinarios.

Ante la necesidad de tener que realizar mejoras necesarias en el edificio, ante roturas en las bajantes o la avería de elementos sensibles como ascensores o calderas, la comunidad ha de hacerlas frente.

Como la Ley no recoge de forma expresa como debe abonarse la derrama, este pago se realizará siguiendo el mismo criterio de la cuota ordinaria, según el coeficiente de propiedad de la vivienda o local, por tanto, aunque no todos los vecinos deben pagar la misma cuantía en una derrama, el artículo 3 de la Ley sobre Propiedad Horizontal lo deja claro: “A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo. Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad”.

Por lo tanto sí. Todo propietario está obligado al pago de una derrama, si se ha aprobado en junta. Negarse a abonarla puede dar lugar a una situación de morosidad para dicho vecino, que seguirá su trámite ordinario, primero se solicitará su abono de forma amistosa por parte del presidente, para en caso necesario iniciar un procedimiento judicial.

Pero los vecinos si pueden negarse a abonar algunos tipos de derramas, aquellas que son relativas a la mejora del edificio con el objetivo de afrontar el deterioro provocado por el paso del tiempo. Esas derramas no son urgentes y por lo tanto obligatorias, mientras no sean indispensables “para el mantenimiento del edificio en condiciones de seguridad y habitabilidad”.

Hay un caso puntual, aquellas derramas que se han de acometer para eliminar barreras arquitectónicas, y también son de obligado cumplimiento, siempre y cuando su pago no sobrepase doce mensualidades ordinarias.

¿Cómo se aprueban las derramas en una comunidad de vecinos?

Ha de realizarse una junta de propietarios para tratar acerca de la situación urgente que viven los vecinos y la mayoría exigible en la votación dependerá del gasto de que se trate. En este sentido, deberán respetarse las mayorías que establece la Ley de Propiedad Horizontal para cada gasto a la hora de aprobar la derrama, si se necesita mayoría, 3/5 o unanimidad, en cada una de las situaciones.

seguridad en comunidades de vecinos

 

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