¿Es legal que un presidente sea vitalicio en una Comunidad de Vecinos?


¿Es legal que un presidente sea vitalicio en una Comunidad de Vecinos?
Prevent Security Systems    22/01/2018

Cuando gira el bombo de la lotería de ser presidente en las Juntas de Propietarios, por regla general, todos los candidatos al puesto tiemblan… Ser presidente de la Comunidad de Propietarios es, en algunos casos, un gran marrón; en otros, una gran oportunidad por mejorar el funcionamiento de la finca y siempre, una gran responsabilidad (el presidente será responsable de su mala gestión).

El cargo de Presidente de la Comunidad de Propietarios es de obligado cumplimiento y tendrá la duración de un año tal y como indica la Ley de Propiedad Horizontal. Ahora bien, existen Comunidades de Vecinos en las que el presidente es vitalicio… ¿Es legal? ¿Un mismo propietario puede ostentar año tras año el cargo de presidente?

Si un propietario está dispuesto a ser presidente de la finca de forma vitalicia y el resto de propietarios está de acuerdo y así lo deciden en Junta, el acuerdo será plenamente válido.

El presidente vitalicio es un rara avis en peligro de extinción en las Comunidades de Propietarios, pero todavía existen algunas que bien porque el propietario está jubilado, dispone de mucho tiempo libre o simplemente se presta a desempeñar estas funciones, siguen apostando por esta fórmula. 

¿Es recomendable o es contraproducente que exista un presidente vitalicio en la Comunidad de Vecinos?

En algunas ocasiones, el presidente vitalicio, borracho de poder, se convierte en el “sheriff” de la finca, en el dueño del cortijo, hace y deshace a su antojo, se salta la legislación y los Estatutos de la Comunidad de Propietarios tomando decisiones de forma unilateral y se aprovecha de disponer del bastón de mando en su propio beneficio.

En otras ocasiones, por el contrario, esta medida resulta muy beneficiosa para la Comunidad de Propietarios. El presidente vitalicio conoce a la perfección el funcionamiento de la finca, conoce a los proveedores de servicios, se implica en la gestión y el mantenimiento de la comunidad y evita a otros propietarios pasar por el obligatorio y a veces incómodo trámite de ser presidente.

En términos generales, la figura del presidente vitalicio puede suponer un riesgo para la gestión de la Comunidad de Propietarios con el paso de los años, por lo que es recomendable la rotación de turnos. Exista o no la figura del presidente vitalicio en la Comunidad de Propietarios, un Administrador de Fincas Colegiado siempre será un gran apoyo para el presidente en la gestión de la finca y una garantía de profesionalidad y saber hacer.

 

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