¿Debo llevar la mascarilla en las zonas comunes de mi comunidad?


¿Debo llevar la mascarilla en las zonas comunes de mi comunidad?
Prevent Security Systems    19/04/2022

Este 20 de abril cambia la normativa que regula el uso de mascarillas, dejando de ser obligatoria en muchos espacios de nuestra vida diaria, pero surge la duda en los espacios comunes de nuestras viviendas, como el garaje, el ascensor o el portal.

No siendo obligatoria en las zonas cerradas y comunes de nuestra comunidad de propietarios, lo que marca la norma es que “el uso de la mascarilla es recomendable a partir del 20 de abril, cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad”.

Para los administradores de fincas consultados las indicaciones de la ministra de Sanidad, Carolina Darias, “son las que debemos seguir” y para la ministra la excepción son los espacios donde haya personas vulnerables y donde se puedan producir aglomeraciones.

Con una población cada día más envejecida parecería normal pensar que las comunidades de vecinos como los transportes públicos, las farmacias o los hospitales, por el reducido espacio que habitualmente tienen los espacios comunes, deberían de seguir siendo necesario y recomendable el uso de mascarillas en las escaleras o ascensores, y quizás con menor frecuencia en el hall o en el garaje.

La norma sigue recordando que si no podemos mantener la distancia mínima de seguridad entre personas, que se sitúa en 1,5m es recomendable y responsabilidad de cada uno, el uso de la mascarilla y en las empresas, el departamento de riesgos laborales decidirá como ha de ser aplicada la norma.

En el caso de las comunidades de vecinos no existe la figura del departamento de riesgos, y si es cierto que los administradores de fincas llevan meses indicando a sus clientes como ha de ser aplicada la regulación, con la nueva situación se permite ir sin ella tanto en lugares cerrados como abiertos, pero es recomendable seguir utilizando la mascarillas si dos personas no convivientes se encuentran en el ascensor, en la escalera o en el hall, si no pueden mantener la distancia mínima de seguridad.

Ante un encuentro con un vecino que no lleva mascarilla no podemos obligarle a que se la ponga, aunque no podamos asegurar esa distancia mínima, será decisión de cada uno de los vecinos si desea compartir el espacio o esperar hasta que se haya ido para continuar con nuestro desplazamiento.

 

 

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