¿Cómo puedo instalar un punto de recarga eléctrico en el garaje de mi Comunidad de Propietarios?


¿Cómo puedo instalar un punto de recarga eléctrico en el garaje de mi Comunidad de Propietarios?
Prevent Security Systems    16/11/2017

La boina de contaminación que cubre Madrid -entre otras ciudades españolas-, tiene su origen en los coches contaminantes y los altos niveles de tráfico. Se estima que en España fallecen 12 veces más víctimas por la contaminación atmosférica que por los accidentes de tráfico, por lo que es un problema realmente grave que nos afecta a todos… Una de las soluciones, pasa por los coches eléctricos. Si disponemos de un garaje privado (chalet, vivienda unifamiliar…) sabemos que no hay ningún problema en la instalación de un punto de recarga eléctrico pero… si disponemos de una plaza de garaje en una Comunidad de Propietarios ¿debe aprobarse en Junta de Propietarios su instalación? ¿Es necesario informar a la Comunidad? ¿Qué procedimiento debemos seguir?  

A priori, la instalación de un punto de recarga eléctrico en una Comunidad de Propietarios es un proceso realmente fácil. Con el objetivo de facilitar al máximo la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos en los garajes comunitarios, el Gobierno modificó el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal:   

“La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.

Por lo tanto, no será necesario el permiso de la Comunidad de Propietarios para su instalación, bastará con su comunicación previa. Deberemos informar por escrito, bien al presidente de la comunidad bien al Administrador de Fincas y es recomendable conservar una copia del documento con fecha y firma que acredite su recepción.

La instalación del punto de recarga deberá cumplir la Instrucción Técnica Complementaria de Baja Tensión, vigente desde junio de 2015 y podrá configurarse de diferentes maneras…

El esquema más habitual, es hacer una derivación desde el contador principal de nuestra vivienda hasta la plaza de garaje, el contador será común para la vivienda y el vehículo, unificando en un mismo contrato el consumo del hogar y del coche, por lo que el ahorro en términos de potencia contratada será notable.

¿Qué puedo hacer si vivo en un edificio diferente al del garaje?
En este caso, disponemos de dos opciones respecto a la instalación. La primera es contratar una nueva línea eléctrica exclusiva para la recarga del coche eléctrico, con los gastos que esto conlleva…

La segunda y más económica es derivar un contador individual a partir del contador general del garaje comunitario. De esta manera, la Comunidad de Propietarios podrá repercutirme el gasto del vehículo eléctrico. La mayor dificultad de esta alternativa no es técnica, es de permisos, ya que será necesario que la medida se apruebe en Junta de Propietarios.

1 Comentario(s)

  1. Luis Gomez dice:

    Buenos días,
    Estoy dudando si comprar coche eléctrico o no y lee escribo por si me pueden ayudar a la decisión. Mi garaje es comunitario pero no está hecha la división horizontal y además no tenemos plaza para todos, es decir, sólo hay una referencia catastral y yo tengo 1/12 parte, pero plazas sólo hay 9, lo que hacemos habitualmente es el primero que llega aparca y sino hay plaza se aparca en la calle. En mi situación puedo pedir que se ponga un punto de carga ? Me tendrían que reservar la plaza para mi siempre? . Gracias

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