¿Cómo actuar cuando cae material de la fachada a la vía pública?


¿Cómo actuar cuando cae material de la fachada a la vía pública?
José Manuel García - Administrador de Fincas (Fincas Chicote)    04/03/2020

Con más frecuencia de la deseada, suele caer material de la fachada de los edificios a la vía pública.
Dicho material pueden ser losetas, revocos, fragmentos de elementos constructivos, etc. lo que no necesariamente tenga que significar que la comunidad de propietarios no realice un mantenimiento adecuado.
La pregunta que surge en estos casos entre los vecinos es como actuar.

Situaciones que se pueden dar

Cuando cae material de la fachada a la vía pública pueden darse las siguientes situaciones:

  • Que el material caído no cause daños físicos y/o materiales
  • Que el material caído cause daños físicos y/o materiales
     
  • Que se produzca una intervención de Bomberos
  • Que no se produzca intervención externa alguna

Es evidente que la mejor situación para la comunidad de propietarios es que no se hayan causado daños físicos y/o materiales, y que además no se haya producido ninguna intervención externa, habitualmente de Bomberos.
En función de la situación que se haya producido, se deberá actuar de una forma o de otra.

Qué hacer cuando cae material de la fachada a la vía pública

Lo primero de todo es que si o si, ante la caída de material a la vía pública, la comunidad de propietarios deberá adoptar medidas preventivas y de protección en forma de redes o mallas de las zonas de riesgo de la fachada para evitar posibles nuevas caídas de material.
Si el material caído ha causado daños físicos y/o materiales, se deberá dar parte al seguro multirriesgo del edificio en base a la cobertura de responsabilidad civil a fin de que haga frente a dichos daños y, además, se deberán adoptar las medidas de protección anteriormente reseñadas.
Si no se han causado daños, pasaremos directamente a la adopción de las medidas de protección.
Independientemente al tema de los posibles daños, es factible que pueda producirse una intervención externa (Bomberos) por la caída de material con la finalidad de eliminar posibles riesgos en la zona afectada de la fachada u otras zonas de esta.
Normalmente, cuando hay una intervención externa es como consecuencia de una denuncia, bien de un transeúnte, bien de un vecino del propio edificio.
En este caso, y como he comentado anteriormente, se deberán adoptar medidas de protección lo antes posible como primera intervención.

Expediente municipal a la comunidad de propietarios.

Hay que destacar que cuando se produce una intervención de Bomberos, estos pasan nota al distrito municipal correspondiente, el cual abre posteriormente un expediente a la comunidad de propietarios.
En dicho expediente, se obligará a la comunidad a adoptar las medidas de protección que hemos comentado y a subsanar las deficiencias existentes en la fachada que han provocado la caída de material, todo ello supervisado por un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico).
Tanto si se produce la intervención de Bomberos como si no, la comunidad deberá actuar de idéntica manera.
La única diferencia es que, en el primer caso, los tiempos se acortarán notablemente ya que el ayuntamiento dará un plazo determinado para subsanar las deficiencias existentes en la fachada y en caso de que no se cumplan, impondrá sanciones a la comunidad de propietarios.
La no intervención de Bomberos podrá permitir a la comunidad un mayor tiempo de maniobra para poder realizar los trabajos necesarios que subsanen las deficiencias de la fachada y poder recoger los fondos necesarios.

Qué puede pasar si no se adoptan medidas después de la caída de material a la vía pública

Es muy importante destacar que si existe caída de material a la vía pública y la comunidad de propietarios no adopta ninguna medida preventiva y de protección, en el supuesto que vuelva a caer material y causa daños físicos y/o materiales, el seguro multirriesgo del edificio no se hará cargo, con los problemas que ello puede representar para la comunidad.
De ahí que haya comentado al principio que lo más urgente es adoptar dichas medidas de protección.

Intervención a realizar en la fachada posteriormente

Finalmente, hay que comentar que la intervención que se deberá realizar en la fachada por la caída de material seguramente será una intervención global sobre todos los elementos que puedan representar un riesgo de caída, descartándose normalmente intervenciones puntuales.
Debemos pensar que el técnico que asumirá los trabajos de reforma tendrá que asegurarse que dichos trabajos subsanan todos lo defectos que puedan existir en la fachada, puesto que tendrá que emitir un certificado final de la obra y existirá una responsabilidad por su parte.
En Finques Chicote nos hemos encontrado con estas situaciones de caída de material a la vía pública y hasta ahora, por suerte, no ha habido daños ni físicos ni materiales. No obstante, lo primordial es la seguridad de las personas por lo que siempre activamos de forma urgente la adopción de medidas preventivas y de protección.

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