En caso de incendio en nuestra vivienda ¿cómo actúa el seguro de hogar?


En caso de incendio en nuestra vivienda ¿cómo actúa el seguro de hogar?
José Silva - Director Técnico José Silva Correduría de Seguros    16/03/2017

Si tenemos un seguro de hogar, entre las coberturas básicas destacadas, que siempre incluye, se encuentra la de incendio. Pero, ¿sabemos realmente cuándo, qué y cómo nos da cobertura? ¿Cubre más aspectos relacionados con el siniestro como alojamiento temporal, bomberos, etc.?

Como siempre aconsejamos, es importante leer bien las cláusulas de nuestro seguro y saber de antemano qué nos cubrirá, si no tenemos ganas de leerlas o nuestros conocimientos en esa materia son escasos, es mejor acudir a un profesional independiente como la Correduría de Seguros. Pero si estás pensando en contratar un seguro de hogar te explicamos de qué se hará cargo el seguro en una situación así y las coberturas que existen.

¿Cuándo cubre un incendio el seguro de hogar?
En términos generales, según la Ley de Contrato de Seguro en su artículo 48, el asegurador debe indemnizar los daños producidos por el incendio cuando éste se origine por caso fortuito, como el recalentamiento de un enchufe, malquerencia de extraños, en caso de que lo produzca un pirómano, negligencia propia o de las personas de quienes se responda civilmente. Sin embargo, cuando el incendio se origine por dolo o culpa grave del propio asegurado, la compañía de seguros puede rechazar la reclamación.

Si se produce por un descuido del inquilino (dejarse velas encendidas, cigarros mal apagados, olvidarse la sartén en el fuego, material combustible al lado de una estufa, sobrecalentamiento mientras baja una película, etc.) y se dañan bienes que son propiedad del arrendador, la responsabilidad será de dicho inquilino. En este caso el seguro tiene la obligación de reparar los daños, pero podrá repercutir esos costes al causante del incendio.

Por eso resulta muy aconsejable para los inquilinos contratar un seguro de Responsabilidad Civil al menos y si puede, también de su contenido particular. Por tan solo veintisiete céntimos al día, podrán asegurar los daños que puedan provocar a los bienes de su casero.

¿Qué cubre en caso de incendio?

Las coberturas se especifican en cada póliza, se pactan expresamente, pero es importante saber que el artículo 46 de la Ley de Contrato de Seguro define las coberturas concretas: “la cobertura del seguro se extenderá a los objetos descritos en la póliza. Si se tratare de seguro sobre mobiliario (lo que se denomina Contenido), la cobertura incluirá los daños producidos por el incendio en las cosas de uso ordinario o común del asegurado, de sus familiares, dependientes y de las personas que con él convivan”. Quedan fuera de esta cobertura billetes de banco, piedras y metales preciosos, objetos artísticos u otros objetos de valor. Sólo están cubiertos si se ha pactado previamente y estos objetos están debidamente identificados.

Por eso es importante tener en cuenta si el seguro cubre sólo continente o incluye también contenido, y su valoración para no incurrir en el sobreseguro o infraseguro que nos penaliza en la prima a pagar o en la indemnización a percibir.
De esta forma, cubrirá los siguientes daños:

⇒ Los daños y pérdidas materiales causadas por la acción directa del fuego (esta es una condición indispensable, si no existe llama no se considera incendio, sino daño eléctrico), así como los producidos por las consecuencias inevitables del incendio:

   • Los daños que ocasionen las medidas necesarias adoptadas por la autoridad o el asegurado para impedir, cortar o extinguir el incendio (Muchos seguros cubren el coste de los bomberos, aunque no todas lo cubren al 100%)
   • Los gastos que ocasione el asegurado en el transporte de los efectos asegurados o cualesquiera otras medidas adoptadas con el fin de salvarlos del incendio.
   • Los menoscabos que sufran los objetos salvados por las circunstancias descritas en los dos números anteriores.
   • El valor de los objetos desaparecidos, siempre que el asegurado acredite su preexistencia y salvo que el asegurador pruebe que fueron robados o hurtados.

⇒ Algunos seguros incluyen el coste de realojamiento durante un tiempo, mientras se realizan las reparaciones de los daños causados por el incendio.

⇒ También pueden incluir los gastos por el traslado de los muebles que no han sido dañados para poder hacer las reparaciones que se necesiten.

⇒ Para quienes utilizan la vivienda como una forma de obtener rentas, será muy importante asegurar el importe del alquiler, para el supuesto de que el inquilino precise desalojarla mientras se realizan los trabajos de limpieza y reacondicionamiento.

Cualquier gasto en la reparación se debe informar a la aseguradora y al perito para que lo incluya en la valoración de los daños y pueda ser indemnizado por este concepto.

La prestación se estipulará en función de las condiciones de la póliza, no hay dos pólizas iguales, un punto, una coma o un punto y coma cambian el sentido de una cobertura. Por eso hay que valorar y comparar bien para elegir un buen Seguro de Hogar. Desde 100 euros al año puedes vivir más tranquilo.

Recuerda que los pequeños incendios en el hogar pueden ocurrir con más facilidad de la que nosotros pensamos, ¡hay que estar protegido!

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